Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU)

Con la reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 incorporado a la modificación de la Ley N° 27.078 por el Congreso Nacional, se pone en marcha una política de creación de nuevos derechos ciudadanos a través de la PBU.

La Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) tiene como objetivo hacer accesibles para todas/os las/os ciudadanas/os los servicios de internet, televisión paga y telefonía celular y fija.

¿Quiénes pueden acceder a la PBU?
Están en condiciones de solicitar la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) aquellas que personas que sean:
  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
  • Beneficiarias de la Asignación por Embarazo.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
  • Usuarios inscriptos en el Monotributo Social.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere 2 salarios mínimos vitales y móviles.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Usuarios que cobren un seguro de desempleo.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas, que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 salarios mínimos vitales y móviles.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 salarios mínimos vitales y móviles.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Clubes de barrio.
  • Asociaciones de bomberos voluntarios.
  • Usuarios que perciban una beca del programa Progresar.
  • Personas que se encuentren sin trabajo o lo hagan informalmente.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de programas sociales.
  • Sus hijas/os de entre 16 y 18 años.
¿Cuáles son los planes disponibles de la PBU?

A través de la Prestación Básica Universal y Obligatoria, se puede acceder a los siguientes planes:

 

Internet

Los planes de la Prestación Básica Universal de Internet son en función de la cantidad de clientes que tenga la empresa proveedora del servicio.

Prestadores con más de 50.000 clientes

AMBA: 10 megas por $700.

Resto del país: 5 megas por $700.

Prestadores que tengan entre 2.000 y 50.000 clientes

5 megas por $700.

Prestadores con menos de 2.000 clientes

2 megas por $600. 

 

Telefonía fija

El precio de telefonía fija es de $380 por mes.
El plan tiene las siguientes características:

300 minutos para llamadas locales y de larga distancia a destinos fijos de Argentina.

Llamadas libres a números 0800 y números de emergencia.

Sin límite de llamadas entrantes.

  

Telefonía celular

La Prestación Básica Universal de telefonía celular que está disponible a un precio de $150 por mes incluye las siguientes prestaciones:

WhatsApp libre (sólo texto).

500 minutos para llamadas entre mismas compañías

50 minutos para otras compañías.

500 SMS.

Paquetes de datos
Plan Internet Precio
Opción A 1 GB $200
Opción B 50 MB $18

 

Televisión paga

En el caso de los planes de televisión el usuario recibirá un descuento en función de la categoría de la empresa prestadora del servicio.

Categoría Nº clientes de la empresa % descuento
Categoría 1 Más de 500mil 30%
Categoría 2 Entre 100mil y 500mil 25%
Categoría 3 Entre 30mil y 100mil 20%

 

¿Cómo se puede tramitar la PBU?

Las/os usuarias/os podrán acceder directamente a la “Prestacion Básicas Universal y Obligatoria” (PBU) haciendo la declaración jurada en el documento que su prestador implemente en sus canales de atención sin ningún tipo de trámite adicional.

Si el prestador se niega a dar la PBU, el usuario tendrá que reclamar a través de un formulario online ante el ENACOM a fin de darle seguimiento al caso.

 

PARA DUDAS O AMPLIACIÓN DE ESTA INFORMACIÓN: https://www.enacom.gob.ar/

Fuente: Selectra Argentina y ENACOM.

 

 

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