La ciudadNoticia importante

Estacionamiento medido en suspenso

El juez porteño Francisco Ferrer ordenó suspender la licitación del estacionamiento medido en CABA. Desde el juzgado se hizo lugar a una medida cautelar contra el Gobierno porteño.

BUENOS AIRES (NA)  El juez (CABA) en lo contencioso administrativo y tributario Francisco Ferrer ordenó la suspensión por tres meses de la cláusula de la ley que autorizó el proceso de selección del contratista para la Concesión del Servicio Público de Servicios Relacionados con el Sistema de Estacionamiento Medido en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, esto es el servicio de parquímetros y acarreo.

Fuentes judiciales informaron que desde el juzgado se hizo lugar a una medida cautelar contra el Gobierno porteño, impulsor del proceso, presentada por Gustavo María Desplats* y el abogado Jonathan Baldiviezo.

El pedido fue a raíz de denuncias sobre presuntas irregularidades en el proceso de aprobación de la ley puesto que la misma fue aprobada por mayoría absoluta (33 votos positivos) y en simple lectura cuando según los denunciantes debió ser aprobada por mayoría de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura, esto es 40 miembros, y con el procedimiento de doble lectura (es decir en dos oportunidades o doble análisis de la misma).

El juez Ferrer evaluó que “el artículo 89 del texto constitucional, en sus incisos pertinentes, dispone que tiene procedimiento de doble lectura ‘las modificaciones a los Códigos de Planeamiento Urbano, Ambiental y de Edificación’ y ‘toda concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre el dominio público de la Ciudad’. En tanto, el artículo 90 prevé los requisitos del procedimiento de doble lectura, como ser la ‘publicación y convocatoria a audiencia pública, dentro del plazo de treinta días, para que los interesados presenten reclamos y observaciones'”.

“Ningún órgano del Gobierno puede conferir excepciones a este trámite y si lo hiciera éstas son nulas”, remarcó el juez del texto constitucional.

Por su parte, el artículo 82º establece que “con la mayoría de los dos tercios del total de sus miembros”, la Legislatura “aprueba la disposición de bienes inmuebles de la Ciudad y la constitución de cualquier derecho sobre inmuebles del dominio público de la Ciudad, por más de cinco años”. “Esos espacios figuran como zonas de urbanización parque, por lo que no permiten que los pisen autos. Con esta ley, se está modificando de facto y con un trámite parlamentario inadecuado el Código de Planeamiento Urbano”, sostuvo Desplats.

 

(*) Gustavo Desplats preside desde 2006  la organización Proto Comuna Caballito, una organización territorial urbana cuyo propósito es el estimulo de las herramientas de participación ciudadana.

Comments are closed.

Share via
Copy link
Powered by Social Snap