Gascón: el veto fallido

El largo “culebrón” que afectó por años la tranquilidad de las familias que desde hace más de una treintena de años habitan el edificio de Gascón 123, llega a su fin.

La ley que ampara a las familias de Gascón 123 fue vetada fuera de término por Macri. El reclamo de quienes habitan el predio desde hace más de 35 años recibió la aprobación de la jueza Petrella en 1ª instancia y, en diciembre de 2016, la definitiva sanción del Tribunal Superior de Justicia porteño. El 3 de mayo de 2017, lapidando cualquier otro pataleo, el TSJ acaba de denegar el recurso de queja del Ejecutivo.

En diciembre de 2011 y en vista de la vulneración de derechos a los habitantes de dicho edificio, la diputada María Elena Naddeo impulsaba una Ley que amparara a los damnificados y la Legislatura aprobaba la Ley 41231, que otorgaba derechos habitacionales anulando dictámenes en su contra.

“Es un paso adelante en el cumplimiento del derecho a la vivienda de las familias que están en este edificio desde hace 30 años. La justicia está modificando una decisión arbitraria del Gobierno porteño, Gascón 123 tiene que ser reconocida como vivienda social por la ciudad, ya lo declaró así la Legislatura”, manifestaba Naddeo en esa oportunidad.

El vetador serial a cargo de la presidencia de la Nación, esta vez tuvo un problema con el almanaque  y desplegó el hacha castradora 24 horas después de vencido el plazo que le otorga la ley.

Los vecinos presentaron su reclamo y el 13 de abril de 2012, la jueza Alejandra Petrella comprobó que el veto dictado por el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, estaba, efectivamente, fuera del plazo legal, por lo tanto la Ley 4123 que declaraba al edificio de Gascón 123 propiedad del Estado porteño afectado a la construcción de viviendas sociales, anulada en enero último, quedaba vigente.

En diciembre de 2016, la definitiva sanción del Tribunal Superior de Justicia porteño, corroborando lo expuesto por la jueza, sólo dejó lugar al recurso de queja del Ejecutivo que también fue denegado, hace poco más de un mes, el 3 de mayo de 20172.

Consecuentemente, el Consejo Consultivo de la Comuna 5, emitió una declaración de acuerdo a lo aprobado en la Asamblea del sábado 24 de junio, reiterando su solidaridad con las familias de Gascón 123 e instando al GCABA a dar cumplimiento a la Ley 4123, que destina el edificio a la construcción de viviendas sociales.

“Se recuerda que la Ley 4123 fue aprobada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires el 7 de diciembre de 2011 afectando el inmueble a la construcción de viviendas de carácter social. Dicha Ley fue extemporáneamente –fuera de término– vetada por el Ejecutivo (fuera del plazo legal).

Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, en su Resolución del 3/5/2017, al denegar el Recurso de queja interpuesto por el Ejecutivo de la CABA.

Una vez más y tal como lo hemos considerado en las Prioridades Presupuestarias que presentamos todos los años ante la Junta Comunal, instamos al gobierno de la CABA a dar cumplimiento a la Ley 4123″.

Una vez más lo que debería ser la normalidad debe señalarse como excepción. La Justicia haciendo justicia resulta algo tan inusual que sorprende. De hecho, es la primera vez que la Justicia porteña anula un veto de Mauricio Macri. La Ley 4123, que contempla los derechos adquiridos por los habitantes de Gascón 123, formó parte de una serie de leyes que habían sido aprobadas masivamente en las sesiones de noviembre y diciembre de 2011, muchas de ellas por los diputados del PRO, y que el presidente vetó en forma serial, indiscriminadamente.

 

  1. LEY N° 4.123. Sanción: 07/12/2011. Vetada: Decreto Nº 082/012 del 17/01/2012. Publicación: BOCBA N° 3847 del 03/02/2012

Artículo 1º.- Desaféctase de la Ordenanza N° 24.802 el inmueble sito en Gascón 123 (Circunscripción 7ª Sección 17ª, Manzana 065, Parcela 021A).

Artículo 2º.- Aféctase el inmueble mencionado en el artículo 1° a la construcción de viviendas de carácter social.

Artículo 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO – CARLOS PÉREZ

  1. Expediente nº 12195/102 de Tribunal Superior de Justicia, Secretaría Judicial en asuntos contencioso administrativo y tributarios, 23 de noviembre de 2016 (caso GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Solís Flores, Celinda y otros c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)’, y su acumulado expte. Nº 10769/14 ‘GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Soliz Flores, Celinda y otros c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)).

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