La plaza blanca

Por Mario Bellocchio
Masiva, contundente respuesta popular al aberrante fallo de la Corte Suprema de Justicia aplicando, como legislación más leve, una Ley que lleva 16 años de haber sido derogada.

Dicha norma contemplaba un beneficio en la condena que daba por cumplidos los tiempos de encarcelamiento en una proporción de dos por uno, con el agravante de que, en esta oportunidad, se aplicó –contraviniendo una ley vigente, la 27.156– a un caso de delito de lesa humanidad.

(VER: http://www.periodicodesdeboedo.com.ar/2-x-1/ ).

El enorme despliegue que se inició en las primeras horas de la tarde y cuyo acto culminó alrededor de las 20 –no así la presencia popular que dosificó a cuentagotas su retirada– contó con la presencia masiva de las agrupaciones políticas justicialistas y de izquierda; y las gremiales, con singular relieve de las pertenecientes a estatales. Sin embargo –tal vez lo más notable del encuentro de ayer– fue la multitudinaria presencia del pueblo común, no necesariamente militante, más bien familiero, con pibes incluidos –y hasta bebés, muchos– que, al parecer, sintieron necesidad de manifestar su desacuerdo por medio de su presencia activa. La marcha se reprodujo en una notable cantidad de ciudades del interior del país con similares características de concurrencia.

En cuanto a la gravedad del dictamen que produjo la protesta incluye  el hecho de que la polémica decisión, adoptada por mayoría, declaró aplicable la ley 24.390 en un caso de delito de lesa humanidad. Se trata del reo Luis Muiña, condenado por ser parte del grupo paramilitar que actuaba en un centro clandestino de detención dentro del hospital Posadas conocido como “El Chalet”. Cabe señalar que, conocido el fallo arbitral, en el hogar del delincuente de lesa humanidad se celebró provocativamente con fuegos artificiales el “acontecimiento” intentando, quizá, suturar la”grieta”.

Mientras se desarrollaba la multitudinaria marcha –cuyo cálculo más modesto estima una presencia de alrededor de medio millón de asistentes–  el Senado, con 56 votos a favor y ninguno en contra, aprobaba en sesión especial la ley que pone límites a la posibilidad de aplicar el beneficio de computar 2 años por 1 de prisión a los condenados por delitos de lesa humanidad.

El proyecto de ley venía de la Cámara de Diputados quienes la noche anterior lo habían aprobado por la abrumadora mayoría de 211 a 1. Es importante destacar que el voto que impidió a Diputados la unanimidad fue pronunciado por el diputado salteño Alfredo Horacio Olmedo. “Hay que juzgar a los militares y también a los terroristas”, omitiendo la singularidad de que “los militarees”, en esa instancia, representaban al Estado –argumentaba el troglodita quien ya se había pronunciado en otras oportunidades a favor de la pena de muerte, la castración química a violadores y el regreso del servicio militar obligatorio. En su oportunidad los medios le prodigaron cámara durante el debate por la Ley del Matrimonio Igualitario, cuando había justificado su votación en contra alegando: “Yo tengo la mente cerrada y la cola también”.

Lo notable en cuanto a la “nueva” norma es que sólo resulta reafirmatoria de una ley ya existente, la ley 27.156  –valga para quienes sostienen que tuvo que venir Cambiemos a poner coto a este “vacío legal”– en donde ya se expresa claramente que el beneficio de la denominada ley del 2×1 “no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho internacional”.

Recordando la vieja sentencia de que “el que se quema con leche…”, la nueva normativa subraya que “el cómputo de las penas” establecido en la ley 24.390 –la anulada en 2001–  “será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación –1994-2001– de aquella ley”.

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