¿La casa está en orden?

Por Mario Bellocchio
A 30 años de la rebelión carapintada de Semana Santa de 1987

Es miércoles 30 de diciembre de 1987. Está por finalizar un año donde los alzamientos militares tuvieron en jaque al Gobierno de Raúl Alfonsín. Aldo Rico, el sublevado de Semana Santa logra, bajo presión, que se le conceda el “arresto domiciliario”. Y la agencia Noticias Argentinas –NA– despacha a un notero y su fotógrafo, Rafael Calviño, aun lejos de suponer que una foto suya de ese día le iba a deparar, un año después, el Premio Rey de España entregado por el propio soberano.

La misión periodística fundamental giraba en derredor de la nota a Rico: la salida del militar para trasladarse de la cárcel hacia su domicilio. Desde el interior de su vehículo, el notero y su fotógrafo observan que Aldo Rico se sube a un Ford Falcon a unos 60 metros delante suyo y ponen en marcha el intento de lograr la nota.

Relata Calviño, recordando su periplo en el asiento trasero del vehículo, junto a su compañero de tarea:

 

“Había previsto que el auto de la agencia NA, un viejo Renault 12, estuviese preparado para seguirlo. Así lo hicimos y, luego de una persecución en la que se nos interponían los adeptos a Rico, cuando bajamos en el distribuidor Gorriti del Camino del Buen Ayre se nos cruzó un Fiat 125. El conductor, que luego se supo que era el Teniente 1º Maguire, levantó su arma y nos amenazó. Ahí la foto”1.

–Cuenta Calviño con naturalidad y modestia como si fuera fácil desprenderse de la imagen de Leonardo Henrichsen, el camarógrafo argentino que filmó su propia muerte el 29 de junio de 1973, en Santiago, en la Chile de Pinochet.

El fotógrafo Rafael Calviño

El sábado santo es día de recogimiento para los católicos, se reza en silencio. La gran celebración de ese día mira ya hacia la Resurrección.

Hace 30 años, sin embargo, un sábado santo 18 de abril de 1987, pasaría a la historia con la frase pronunciada por el presidente Alfonsín desde los balcones de la Casa Rosada: “La casa está en orden y no hay sangre en la Argentina”. ¡”Felices Pascuas”!

Eran tiempos en que las Fuerzas Armadas se negaban –y detentaban poder para imponerlo– a aceptar el enjuiciamiento por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura cívico militar del 76. El presidente intentaba vanamente controlar la situación comenzando por lograr la aprobación del Congreso a la Ley de Punto Final2 que estableció la caducidad de la acción penal contra los imputados como autores penalmente responsables de haber cometido el delito complejo de desaparición forzada de personas. La ley involucró a las detenciones ilegales, torturas y homicidios agravados o asesinatos que tuvieron lugar durante la dictadura militar del autodenominado Proceso de Reorganización Nacional de 1976–1983. E incluyó a los que no hubieran sido llamados a declarar “antes de los sesenta días corridos a partir de la fecha de promulgación de la presente ley”.

El teniente coronel Aldo Rico y sus secuaces juzgaron insuficiente la norma legal y produjeron durante la Semana Santa de 1987 la primera rebelión carapintada, así conocida por el betún de camuflaje en sus rostros que usaban los rebeldes. La desobediencia a la conminación del presidente se hizo notoria y no valió para disuadirlos ni el paro de la CGT, ni la horfandad de apoyo de las instituciones civiles.

Alfonsín parlamenta con los sublevados

Finalmente ese Sábado Santo el pueblo atestó la Plaza de Mayo y Alfonsín, militarmente jaqueado y con un solo militar ¿leal?, el general Alais –que nunca terminó de llegar para reprimir a los insurrectos–, pidió un par de horas a la multitud para dirigirse personalmente a Campo de Mayo a enfrentarse a los rebeldes.

Al regresar pronunció las palabras que terminarían signando el inicio de su pendiente. La casa no estaba en orden. Y las Pascuas no fueron felices para la democracia3.

Aun se discute si hizo bien o mal en acordar lo que acordó en ese encuentro en inferioridad de condiciones en las arenas milicas, otorgándoles la garantía de que no habría nuevos juicios contra militares por violación de derechos humanos. Esas medidas se concretaron en la ley de Obediencia Debida4 y el reemplazo del general Héctor Ríos Ereñú por el general José Dante Caridi, al mando del Ejército Argentino. Caridi, desde su cargo, comenzaría a defender públicamente a la dictadura y a sus procedimientos.

Finalmente, el 20 de agosto de 20035, durante el gobierno de Néstor Kirchner, la Cámara de Senadores declararía la nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final, cerrando el ominoso ciclo de la impunidad.

El teniente Maguire apunta al fotógrafo

La fotógrafa e investigadora Cora Gamarnik6 dijo respecto de la imagen amenazante del teniente 1º Maguire retratada por Rafael Calviño:

“permitió ver la punta del iceberg de lo que había sido el aparato represivo. A su rol informativo se le sumaba una fuerza simbólica y probatoria. Frente al manto de olvido y perdón que se intentaba instalar desde algunos sectores políticos y militares, esta foto entre muchas otras, irrumpió provocando un agujero que daba fuerza al discurso por la memoria, la verdad y la justicia. Frente a la proclama de que era un peligro para la democracia juzgar a los represores, la foto posibilitaba ver –especialmente para la amplia opinión pública– que, a la inversa, el peligro era dejarlos en libertad”.

Días después, en enero de 1988, corroborando el aserto, se llevó a cabo el segundo levantamiento carapintada, también encabezado por Aldo Rico.

 

 

  1. Testimonio recogido por Redacción “La Tinta”, Periodismo hasta mancharse.
  1. Ley de Punto Final –Ley 23.492–, promulgada el 24 de diciembre de 1986, que estableció la caducidad de la acción penal contra los imputados como autores penalmente responsables de haber cometido el delito complejo de desaparición forzada de personas –que involucró detenciones ilegales, torturas y homicidios agravados o asesinatos– que tuvieron lugar durante la dictadura militar del autodenominado Proceso de Reorganización Nacional de 1976–1983 que no hubieran sido llamados a declarar “antes de los sesenta días corridos a partir de la fecha de promulgación de la presente ley”.
  2. Alfonsín debió enfrentar otras dos insurrecciones militares durante 1988 –18 de enero y 1º de diciembre– y un permanente estado de insubordinación de las Fuerzas Armadas.
  1. La Ley de Obediencia Debida –Ley 23.521– fue una disposición legal dictada el 4 de junio de 1987, que estableció una presunción de que los delitos cometidos por los miembros de las Fuerzas Armadas cuyo grado estuviera por debajo de coronel –en tanto y en cuanto no se hubiesen apropiado de menores y/o de inmuebles de desaparecidos–, durante la dictadura cívico-militar no eran punibles por haber actuado en virtud de la denominada “obediencia debida”, concepto militar según el cual los subordinados se limitan a obedecer las órdenes emanadas de sus superiores.
  1. La anulación de ambas leyes fue convalidada por laCorte Suprema de Justicia, que las declaró inconstitucionales el 14 de junio de 2005. Se pronunciaron por la nulidad de las leyes los diputados del justicialismo y los de los partidos de centroizquierda e izquierda. Votaron en contra los legisladores de los partidos de derecha, con el diputado de Fuerza Republicana Ricardo Bussi a la cabeza, acompañado por ucedeístas, cavallistas, seguidores de López Murphy. En tanto el radicalismo, antiguo impulsor de la Ley de Punto Final, decidió abstenerse. En el senado, la nulidad empujada por el bloque del PJ y resistida por la UCR, supuso para los senadores un claro alineamiento con el presidente Néstor Kirchner, quien buscaba este resultado para habilitar el juzgamiento de militares en la Argentina y no en el exterior. Minutos antes de las dos de la madrugada, la Cámara aprobó por 43 votos a 7 la nulidad de las leyes del Obediencia Debida y Punto Final. La mayoría de los radicales votó en contra, Luis Falcó, Raúl Baglini y el jefe de bloque Carlos Maestro fueron algunos de los que hicieron largos discursos en contra de derogar las normas.
  1. Ídem 1.

 

 

 

 

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